Cuando una persona muere porque otra persona dejó de ejercer el cuidado ordinario o actúa con negligencia, sus sobrevivientes pueden presentar un reclamo por homicidio culposo contra la persona o entidad que cometió el error. El estado de Nueva York limita de manera estricta los tipos de daños recuperables en los casos de homicidio culposo. Siendo así, hay que prestar mucha atención al demostrar las pérdidas recuperables. Estos daños recuperables incluyen daños morales y daños económicos (pain and suffering and economic damages). Los daños económicos no se limitan a las pérdidas financieras efectivamente incurridas. Por ejemplo, se considera que la pérdida de un padre para un niño a nivel moral e intelectual, así como la guía física y de instrucción, tiene un valor económico.
Un caso en el cual un trabajador tuvo una caída mortal después de que el andamio se inclinara es un ejemplo de un caso por homicidio culposo.




